El marco de regulación del teletrabajo en España
El marco de regulación del teletrabajo en España
Desde la publicación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, y más concretamente, desde la publicación en el BOE del pasado 9 de julio, se estableció un marco legal para regular el teletrabajo, algo que hasta ese momento era de mínima aplicación en nuestro país, hasta la irrupción de la pandemia sanitaria.
Desde la publicación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, y más concretamente, desde la publicación en el BOE del pasado 9 de julio, se estableció un marco legal para regular el teletrabajo, algo que hasta ese momento era de mínima aplicación en nuestro país, hasta la irrupción de la pandemia sanitaria.
Seguridad jurídica
Seguridad jurídica
La ley proporciona seguridad jurídica a las distintas circunstancias e intereses concurrentes de empresas y personas trabajadoras:
- Mediante la existencia de acuerdos individuales con cada uno de los trabajadores y trabajadoras de la empresa que vayan a realizar trabajo a distancia.
- A tenor de acuerdos colectivos o acuerdos contenidos en convenios colectivos, hasta ahora muy poco desarrollados.
La ley proporciona seguridad jurídica a las distintas circunstancias e intereses concurrentes de empresas y personas trabajadoras:
- Mediante la existencia de acuerdos individuales con cada uno de los trabajadores y trabajadoras de la empresa que vayan a realizar trabajo a distancia.
- A tenor de acuerdos colectivos o acuerdos contenidos en convenios colectivos, hasta ahora muy poco desarrollados.
Asesoramiento sobre teletrabajo para empresas
Asesoramiento sobre teletrabajo para empresas
Obtenga asesoramiento profesional sobre la implantación del teletrabajo.
En MILLER&MILLER asesoramos a las empresas sobre la actual regulación del teletrabajo.
Nos encargamos de negociar con los trabajadores los acuerdos individuales.
Ofrecemos un servicio integral de implantación de teletrabajo para que la empresa pueda seguir con su ritmo normal de funcionamiento y la actividad no se vea afectada por las nuevas condiciones laborales de la plantilla.
Obtenga asesoramiento profesional sobre la implantación del teletrabajo.
En MILLER&MILLER asesoramos a las empresas sobre la actual regulación del teletrabajo.
Nos encargamos de negociar con los trabajadores los acuerdos individuales.
Ofrecemos un servicio integral de implantación de teletrabajo para que la empresa pueda seguir con su ritmo normal de funcionamiento y la actividad no se vea afectada por las nuevas condiciones laborales de la plantilla.
Etapas del Plan de Teletrabajo:
Etapas del Plan de Teletrabajo:
NEGOCIACIÓN
NEGOCIACIÓN
Asesoramos a la empresa a la hora de negociar con la representación de los trabajadores, tanto la aplicación de la ley en la propia empresa como lo tocante al convenio colectivo de aplicación.
Hay elementos que pueden ser negociados con los delegados o el comité de empresa, de existir, como el modo de compensación de los gastos, o los grupos de trabajadores más susceptibles de teletrabajar, etc
Asesoramos a la empresa a la hora de negociar con la representación de los trabajadores, tanto la aplicación de la ley en la propia empresa como lo tocante al convenio colectivo de aplicación.
Hay elementos que pueden ser negociados con los delegados o el comité de empresa, de existir, como el modo de compensación de los gastos, o los grupos de trabajadores más susceptibles de teletrabajar, etc
DISEÑO DEL PLAN DE TELETRABAJO
DISEÑO DEL PLAN DE TELETRABAJO
El plan de teletrabajo debe tener en cuenta:
El plan de teletrabajo debe tener en cuenta:
- Inventario de medios, equipos y herramientas para el teletrabajo.
- Gastos de la persona que trabaja a distancia y forma de compensación.
- Horario de trabajo.
- Distribución de trabajo presencial y a distancia.
- Centro de trabajo.
- Lugar de trabajo a distancia elegido.
- Plazos de preaviso.
- Medios de control de la actividad.
- Procedimiento de actuación ante dificultades técnicas.
- Instrucciones en materia de protección de datos.
- Instrucciones sobre seguridad de la información.
- Duración del acuerdo.
- Inventario de medios, equipos y herramientas para el teletrabajo.
- Gastos de la persona que trabaja a distancia y forma de compensación.
- Horario de trabajo.
- Distribución de trabajo presencial y a distancia.
- Centro de trabajo.
- Lugar de trabajo a distancia elegido.
- Plazos de preaviso.
- Medios de control de la actividad.
- Procedimiento de actuación ante dificultades técnicas.
- Instrucciones en materia de protección de datos.
- Instrucciones sobre seguridad de la información.
- Duración del acuerdo.
SEGUIMIENTO
SEGUIMIENTO
Después de la firma del plan de teletrabajo, nos encargamos del seguimiento del mismo, evaluando su grado de cumplimiento.
De ser necesario, también disponemos de puestos de trabajo, llave en mano.
Ponemos a disposición de las empresas equipos informáticos en un régimen de renting así como los medios adecuados a cada circunstancia en la casa o el lugar escogido por el trabajador para teletrabajar.
Después de la firma del plan de teletrabajo, nos encargamos del seguimiento del mismo, evaluando su grado de cumplimiento.
De ser necesario, también disponemos de puestos de trabajo, llave en mano.
Ponemos a disposición de las empresas equipos informáticos en un régimen de renting así como los medios adecuados a cada circunstancia en la casa o el lugar escogido por el trabajador para teletrabajar.
